Ejercicio de la Profesión y la colegiación
Titulación
Estar en posesión del Titulo de Licenciado en Educación Física o en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
En cualquier ámbito:
La Legislación no reconoce, salvo en determinadas situaciones, los requisitos de titulación necesarios para el ejercicio de las Profesiones de la Actividad Física y el Deporte. Los itinerarios de formación son muy diversos y los agentes contratadores, (Administraciones o empresas privadas) tienen, por tanto, un amplio abanico de posibilidades. Si bien el ámbito docente tiene normativizada esta situación, en otros ámbitos no está tan estrictamente delimitado. En Aragón, el reconocimiento por parte del Gobierno Autonómico de las competencias profesionales de los Licenciados en EF y CAFD, permite una mejor defensa de estas situaciones, al delimitar un marco jurídico.
En el ámbito educativo:
Para ejercer como Profesor de Educación Física en E.S.O. y Bachillerato:
La ORDEN de 24 de julio de 1.995, del Ministerio
de Educación, por la que se establecen las titulaciones mínimas
que deben poseer los Profesores de los centros privados de E.S.O.
y Bachillerato, establece en su Anexo I, que el Profesorado de
Educación Física deberá estar en posesión
del Título de Licenciado en Educación Física
o en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
Solamente para el primer ciclo de la E.S.O. se contempla (Anexo
III) la posibilidad de que el Profesorado esté en posesión de otra titulación,
como la de Maestro Especialista en Educación Física.
Documentación para colegiarse
Documentación necesaria para la colegiación en pdf: